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Texto vigente

Artículo 7

Aplicación supletoria

Este número en otras leyes
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En todo lo no regulado en el presente decreto y con el objeto de darle cumplimiento al mismo, especialmente en materia de sanciones, caducidad y procedimiento, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código Tributario y cualquier otro cuerpo legal tributario que no contraríe el presente.