Sentencia R2201001TM
Los contribuyentes deben retener el Impuesto sobre la Renta en todos los pagos a no domiciliados por servicios que sean utilizados o aprovechados económicamente en El Salvador…
Este caso en cifras
El caso completo se abre con tu usuario de HazConta
Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó Impuesto sobre la Renta y multas a un contribuyente por el ejercicio 2014. La controversia se centró en la objeción de costos y gastos por no haber efectuado las retenciones de ISR correspondientes a servicios de flete internacional (en compras CIF), publicidad y servicios corporativos de no domiciliados, los cuales el Tribunal consideró obligatorios.
Qué deja este caso
Los contribuyentes deben retener el Impuesto sobre la Renta en todos los pagos a no domiciliados por servicios que sean utilizados o aprovechados económicamente en El Salvador, independientemente de dónde se presten. Esto incluye el valor del flete en importaciones CIF y servicios de partes relacionadas, cuya necesidad para la operación local debe ser rigurosamente documentada para poder deducir el gasto.
Montos en disputa
$2,092,484.77
impuesto determinado
$639,690.61
multa
$2,732,175.38
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII argumentó que reanudó el procedimiento de fiscalización en cumplimiento de una sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró… Art. 118
- Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción del costo de venta correspondiente al flete internacional, argumentando que el contribuyente estaba obligado a retener el… Art. 158
- Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de gastos por servicios de publicidad y marketing pagados a no domiciliados, argumentando que, aunque se prestaron en el… Art. 16
- Confirmado 4 · La DGII objetó la deducción de gastos por servicios administrativos, técnicos y corporativos prestados por relacionadas no domiciliadas, al… Art. 28
- Confirmado 5 · La DGII impuso las multas como consecuencia directa de las infracciones detectadas: una por no retener el impuesto existiendo obligación legal (Art… Art. 246
Los 5 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
5 confirmados. Se abren con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
4 criterios del Tribunal con su cita textual, 5 documentos que pesaron y 5 errores del contribuyente
Todos son criterios reiterados; uno aparece en 25 sentencias. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
2 riesgos del catálogo se materializan en este caso, 2 de nivel alto
Cada uno con su porcentaje de confirmación ante el Tribunal y qué hacer para no caer en él. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Los 34 artículos que el caso invoca, agrupados por ley. Cada uno abre su texto vigente y, desde allí, los demás casos que lo citan.
La resolución original del TAIIA, para citar con la página exacta
Y el reporte del análisis en PDF o Word para el expediente del cliente. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.