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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 12 de noviembre de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1809013TM

La falta de cumplimiento de un deber formal, como no llevar registros de inventario, debe ser sancionada únicamente con la multa que la ley establece para esa infracción específica.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó impuesto sobre la renta y multas, principalmente por objetar el 100% del costo de venta debido a la falta de registros de inventario y por una ganancia de capital no declarada. El Tribunal revocó la objeción al costo de venta por violar el principio de reserva de ley, pero confirmó la determinación por la ganancia de capital y las multas por incumplimientos formales, modificando así los montos a pagar.

Qué deja este caso

La falta de cumplimiento de un deber formal, como no llevar registros de inventario, debe ser sancionada únicamente con la multa que la ley establece para esa infracción específica. La Administración Tributaria no puede, sin una base legal expresa, imponer una consecuencia más grave como el rechazo total de una deducción (costo de venta), pues ello vulnera los principios de reserva de ley y legalidad.

Montos en disputa

$20,841.01

impuesto determinado

$18,762.09

multa

$39,603.10

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII objetó el 100% del costo de venta ($194,995.13) argumentando que el contribuyente no llevaba un Registro de Control de Inventarios, como…
  2. Confirmado 2 · La DGII defendió la validez de sus notificaciones, afirmando que se realizaron en la dirección señalada y a personas autorizadas, cumpliendo con el…
  3. Confirmado 3 · La DGII argumentó que la foliación a lápiz es una práctica provisional y que existen controles internos sobre los expedientes.
  4. Confirmado 4 · La DGII reconoció que existió un error material ('lapsus calami') en una página del informe al citar el año 2015 en lugar de 2014.
  5. Parcial 5 · La DGII impuso una multa del 50% del impuesto omitido por evasión intencional, conforme al artículo 254 del Código Tributario.
  6. Confirmado 6 · La DGII impuso una multa de $7,769.38 con base en el artículo 243 literal a) del Código Tributario.