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HazConta Leyes
Revocatorio Renta Notificada el 25 de agosto de 2022 · Multa

Sentencia R2201006TM

La Administración Tributaria debe cumplir rigurosamente con los plazos legales para ejercer sus facultades de fiscalización y notificación. El incumplimiento de estos plazos, incluso en contextos jurídicos complejos con suspensiones y reanudaciones, puede provocar la caducidad de su potestad, resultando en la anulación total del ajuste fiscal y las sanciones impuestas.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones revocó una determinación de Impuesto sobre la Renta y multas impuestas por la DGII a un contribuyente para el ejercicio 2014. El Tribunal determinó que la facultad de la DGII para fiscalizar y liquidar el impuesto había caducado, ya que notificó la resolución final fuera del plazo legalmente establecido, el cual había sido afectado por suspensiones y reactivaciones debido a decretos y sentencias constitucionales.

Qué deja este caso

La Administración Tributaria debe cumplir rigurosamente con los plazos legales para ejercer sus facultades de fiscalización y notificación. El incumplimiento de estos plazos, incluso en contextos jurídicos complejos con suspensiones y reanudaciones, puede provocar la caducidad de su potestad, resultando en la anulación total del ajuste fiscal y las sanciones impuestas.

Montos en disputa

$77,128.47

impuesto determinado

$21,763.72

multa

$98,892.19

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII argumentó que el plazo de fiscalización no había caducado. Sostuvo que el proceso fue suspendido por el Decreto Legislativo 127 y reanudado por una sentencia de la Sala de lo Constitucional (Ref. 96-2014), lo que extendió el plazo hasta el 23 de diciembre de 2021, por lo que la resolución emitida el 9 de diciembre de 2021 fue dentro del tiempo legal.