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HazConta Leyes
Modificatorio IVA Notificada el 26 de noviembre de 2025 · Tasación/Multa

Sentencia 011-0325

Es crucial que los contribuyentes no solo conserven los documentos fiscales de sus compras, sino que también se aseguren de su autenticidad y puedan demostrar fehacientemente que dichos gastos son indispensables para su actividad económica. Omitir la declaración de ventas, a pesar de tenerlas registradas contablemente, es una infracción grave y fácilmente detectable que resulta en la determinación de impuestos y la imposición de sanciones, aunque los errores de procedimiento de la administración fiscal pueden anular algunas de las multas más severas.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA de $74,938.39 y múltiples multas, originado por la objeción de créditos fiscales por compras inexistentes o no indispensables, y la omisión de declarar ventas. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, ajustando levemente el impuesto a favor del contribuyente, pero confirmó la mayoría de las objeciones de la DGII. La decisión más relevante fue la revocatoria de la multa por evasión intencional de $32,782.19, debido a que la DGII no especificó la conducta infractora según los literales del Art. 254 del Código Tributario, violando los principios de tipicidad y seguridad jurídica.

Qué deja este caso

Es crucial que los contribuyentes no solo conserven los documentos fiscales de sus compras, sino que también se aseguren de su autenticidad y puedan demostrar fehacientemente que dichos gastos son indispensables para su actividad económica. Omitir la declaración de ventas, a pesar de tenerlas registradas contablemente, es una infracción grave y fácilmente detectable que resulta en la determinación de impuestos y la imposición de sanciones, aunque los errores de procedimiento de la administración fiscal pueden anular algunas de las multas más severas.

Montos en disputa

$74,938.39

impuesto determinado

$42,902.11

multa

$34,775.35

crédito fiscal objetado

$117,840.50

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que la contribuyente omitió declarar ventas gravadas de servicios de seguridad, camarón, gallinas y huevos por $566,043.51 en los períodos de julio a diciembre de 2022. A pesar de que estas operaciones estaban documentadas y registradas en sus libros de ventas, la empresa presentó las declaraciones de IVA correspondientes con valor cero.
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó créditos fiscales por $11,397.58 asociados a compras de combustible, uniformes, botas y otros insumos de seguridad. La investigación reveló que los supuestos proveedores negaron haber realizado las ventas, los documentos presentados tenían inconsistencias o no habían sido autorizados por la DGII, demostrando que las operaciones no fueron reales.
  3. Confirmado 3 · La DGII rechazó créditos fiscales por compras de concentrado para animales e intereses por una promesa de venta de inmueble. Sostuvo que no eran indispensables, ya que la empresa no reportó ventas de ganado o aves que justificaran la compra de alimento, ni demostró que el inmueble generara operaciones gravadas.
  4. Parcial 4 · La DGII objetó créditos fiscales de compras de camarón porque no estaban debidamente asentadas en el Registro de Control de Inventarios, un requisito formal para su deducibilidad.
  5. Confirmado 5 · La contribuyente alegó que el auditor actuó ilegalmente al no realizar inspecciones físicas en sus instalaciones y al solicitar documentación de enero de 2022, un período fuera del alcance del auto de designación (que iniciaba en febrero de 2022), vulnerando la seguridad jurídica.
  6. Revocado 6 · La DGII impuso una multa por evasión intencional de $32,782.19, basándose en el artículo 254 del Código Tributario, debido a la omisión deliberada de declarar un gran volumen de ventas durante seis meses consecutivos.
  7. Confirmado 7 · La DGII impuso varias multas por infracciones formales, incluyendo evasión no intencional, omitir llevar registros de inventario, no remitir o remitir tardíamente informes de retenciones, y presentar declaraciones incorrectas.