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HazConta Leyes
Revocatorio Impuesto sobre la Renta Notificada el 28 de agosto de 2026 · Tasación/Multa

Sentencia 008-0126

Las entidades financieras deben declarar los intereses devengados de su cartera aunque esté en mora (la incobrabilidad solo opera vía art. 31 num. 2 LISR), pero los intereses que pagan a sus depositantes no pueden objetarse con el art. 29 num. 10 LISR, que se refiere solo a préstamos tomados; siempre conviene recalcular la base imponible completa porque una pérdida fiscal elimina impuesto y multa.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII determinó Impuesto sobre la Renta 2022 por $388,706.51 y multa por evasión intencional por $194,353.26 a una sociedad de ahorro y crédito por intereses devengados no declarados, gastos de personal no necesarios e intereses pagados sobre depósitos a plazo. El TAIIA confirmó las rentas omitidas, la objeción de gastos de personal y la tipificación de la multa, pero declaró ilegal la objeción de los intereses por depósitos (art. 29 num. 10 LISR solo aplica a préstamos). Al recalcular resultó pérdida fiscal, por lo que revocó totalmente impuesto y multa.

Qué deja este caso

Las entidades financieras deben declarar los intereses devengados de su cartera aunque esté en mora (la incobrabilidad solo opera vía art. 31 num. 2 LISR), pero los intereses que pagan a sus depositantes no pueden objetarse con el art. 29 num. 10 LISR, que se refiere solo a préstamos tomados; siempre conviene recalcular la base imponible completa porque una pérdida fiscal elimina impuesto y multa.

Montos en disputa

$388,706.51

impuesto determinado

$194,353.26

multa

$583,059.77

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó rentas omitidas por $2,006,876.45 por intereses devengados de clientes en mora y de préstamos a una sociedad deudora, que la contribuyente no reconoció por no haberlos cobrado, con base en los arts. 1, 2 lit. b) y 24 LISR.
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que liquidó sobre base cierta (art. 184 lit. a CT) con libros, contratos, cuadros de amortización y datos de buró crediticio y BCR, sin aplicar presunciones del art. 189 CT.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó $177,628.37 por baby shower, cena navideña, gift cards, alimentación, horas extras y bonificaciones, por no ser necesarios para la renta ni la conservación de la fuente (arts. 28, 29 num. 1 y 29-A num. 11 LISR).
  4. Revocado 4 · La DGII objetó $2,457,546.41 de intereses pagados a depositantes por no comprobar que los fondos captados se invirtieron en la fuente generadora de renta, con base en los arts. 28 inc. 1 y 29 num. 10 LISR.
  5. Confirmado 5 · La DGII sancionó con multa del 50% ($194,353.26) por evasión intencional al verificarse omisión de rentas y gastos objetados, conforme al art. 254 incs. 1 y 2 lit. e) CT.
  6. Revocado 6 · La DGII determinó una renta imponible de $1,320,926.73 e impuesto de $388,706.51, base sobre la cual calculó la multa.