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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 30 de octubre de 2023 · Multa

Sentencia R230415.TM

Es fundamental que los contribuyentes, especialmente aquellos en industrias reguladas como la banca, mantengan una conciliación fiscal-contable clara, detallada y bien soportada para justificar las diferencias entre los registros contables y la declaración de impuestos. No se debe asumir que un gasto requerido por una norma sectorial es automáticamente deducible fiscalmente; siempre debe cumplir con los principios de necesidad, causalidad y las disposiciones específicas de la legislación tributaria.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra un banco. El Tribunal revoca la objeción sobre ingresos por comisiones, al determinar que la DGII no valoró adecuadamente la prueba del contribuyente (conciliación fiscal-contable). Sin embargo, confirma las objeciones a la deducción de gastos por pérdidas en títulos valores, provisiones por activos extraordinarios e intereses de un préstamo, por no cumplir los requisitos de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Consecuentemente, se ajusta el impuesto y la multa a pagar.

Qué deja este caso

Es fundamental que los contribuyentes, especialmente aquellos en industrias reguladas como la banca, mantengan una conciliación fiscal-contable clara, detallada y bien soportada para justificar las diferencias entre los registros contables y la declaración de impuestos. No se debe asumir que un gasto requerido por una norma sectorial es automáticamente deducible fiscalmente; siempre debe cumplir con los principios de necesidad, causalidad y las disposiciones específicas de la legislación tributaria.

Montos en disputa

$284,301.03

impuesto determinado

$71,075.31

multa

$355,376.34

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII determinó que el banco omitió ingresos gravados al no declarar la totalidad de las comisiones por préstamos en el año en que se otorgaron. Argumentó que, aunque la normativa contable bancaria (NCB-021) permite diferir el ingreso, para efectos fiscales, la totalidad de la comisión se devenga y debe declararse en el momento del otorgamiento del crédito, conforme al artículo 24 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de $15,038.19 por una pérdida en la venta de títulos valores. Sostuvo que se trata de una pérdida de capital y, según el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, las pérdidas de capital no son deducibles de la renta ordinaria.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de $256,214.74, correspondiente a la diferencia entre el saldo de una deuda y el valor menor de un activo recibido en pago (activo extraordinario). La DGII argumentó que esto es una provisión contable (NCB-013) y no un gasto real, y que el artículo 29-A numeral 22) de la Ley de Impuesto sobre la Renta prohíbe la deducción de provisiones no permitidas expresamente por la ley fiscal.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó la deducción de $668,551.30 en intereses por dos razones: una parte ($214,332.55) correspondía a un tramo del préstamo que se utilizó para generar rentas en el ejercicio siguiente (2020), y otra parte ($454,218.75) se pagó antes de que el préstamo fuera desembolsado. La DGII argumentó que estos gastos no cumplían el principio de causalidad del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, al no estar vinculados a la generación de renta gravada en el ejercicio 2019.
  5. Parcial 5 · Como consecuencia de los ajustes a ingresos y gastos, la DGII recalculó el factor de proporcionalidad para gastos comunes. En su cálculo, incluyó como 'rentas no gravadas' conceptos como la 'Liberación de reservas de saneamiento', lo que aumentó la porción de gastos no deducibles para el contribuyente.
  6. Parcial 6 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto determinado, por evasión no intencional según el artículo 253 del Código Tributario, al considerar que la declaración incorrecta no se debía a un error excusable.