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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 26 de abril de 2023 · Multa

Sentencia R2209001TM

Cuando la Administración Tributaria utiliza una base de liquidación mixta o estimativa, debe documentar de forma exhaustiva y motivada las razones para desestimar la contabilidad del contribuyente y el fundamento legal y metodológico de sus presunciones. La falta de una justificación clara y razonada constituye un vicio de procedimiento que puede anular la determinación del impuesto.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII determinó de oficio Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión a un contribuyente, presumiendo ingresos por intereses no declarados mediante una liquidación sobre base mixta. El Tribunal de Apelaciones revocó la determinación del impuesto y la multa por evasión, al constatar que la DGII no justificó ni motivó adecuadamente el uso de la base mixta y los procedimientos de estimación. Sin embargo, el Tribunal confirmó una multa de $300 por el incumplimiento del contribuyente de proporcionar información solicitada.

Qué deja este caso

Cuando la Administración Tributaria utiliza una base de liquidación mixta o estimativa, debe documentar de forma exhaustiva y motivada las razones para desestimar la contabilidad del contribuyente y el fundamento legal y metodológico de sus presunciones. La falta de una justificación clara y razonada constituye un vicio de procedimiento que puede anular la determinación del impuesto.

Montos en disputa

$252,703.65

impuesto determinado

$126,651.83

multa

$379,355.48

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII determinó rentas gravadas no declaradas por USD $1,734,261.74, correspondientes a intereses devengados de créditos otorgados. Ante la falta de información proporcionada por el contribuyente, la DGII utilizó una base mixta (parte cierta y parte estimativa), recurriendo a datos de terceros (BCR y otra entidad) y aplicando una tasa presunta del 36% a los créditos sin datos, argumentando que el contribuyente debió usar el método de lo devengado según el Art. 24 LISR.
  2. Revocado 2 · La DGII impuso una multa del 50% sobre el impuesto determinado, equivalente a USD $126,351.83, por evasión intencional, de acuerdo con el artículo 254 del Código Tributario. La sanción se basó en la omisión de ingresos por intereses que la administración había determinado.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de USD $300.00 por no proporcionar la información solicitada durante el proceso de fiscalización, específicamente la requerida mediante dos autos. Este incumplimiento contraviene la obligación establecida en el artículo 120 del Código Tributario.