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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 26 de noviembre de 2024

Sentencia 017-0524

Es crucial cumplir con los plazos específicos establecidos por la Administración Tributaria para la presentación de información y el cumplimiento de deberes formales. La subsanación posterior de un incumplimiento no anula la infracción ya consumada, aunque puede dar derecho a una reducción (atenuante) en la multa. La presentación voluntaria y temprana de las obligaciones, incluso si es extemporánea, puede resultar en una sanción significativamente menor.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma dos multas impuestas por la DGII a una sociedad cooperativa. La primera sanción es por no exhibir reportes de intereses dentro de los plazos requeridos, y la segunda por informar tardíamente el nombramiento de su auditor fiscal. El Tribunal desestima los argumentos del contribuyente, validando la actuación de la DGII y la aplicación de las multas, aunque con las atenuantes correspondientes por subsanación tardía y voluntaria.

Qué deja este caso

Es crucial cumplir con los plazos específicos establecidos por la Administración Tributaria para la presentación de información y el cumplimiento de deberes formales. La subsanación posterior de un incumplimiento no anula la infracción ya consumada, aunque puede dar derecho a una reducción (atenuante) en la multa. La presentación voluntaria y temprana de las obligaciones, incluso si es extemporánea, puede resultar en una sanción significativamente menor.

Montos en disputa

$1,065.00

multa

$1,065.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no exhibir los 'Reportes mensuales donde conste el cálculo de los intereses devengados por el otorgamiento de préstamos' del ejercicio 2021. A pesar de múltiples requerimientos y una prórroga concedida, la información no fue presentada dentro de los plazos establecidos, lo que constituye un incumplimiento a las obligaciones formales del artículo 126 del Código Tributario.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa porque el contribuyente informó de manera extemporánea el nombramiento de su auditor fiscal para el ejercicio 2021. El nombramiento se realizó el 26 de mayo de 2021, por lo que el plazo para informarlo (vía formulario F-456) vencía el 9 de junio de 2021, pero fue presentado hasta el 19 de junio de 2021, incumpliendo el artículo 131 del Código Tributario.
  3. Confirmado 3 · La DGII sostuvo que actuó en apego a la ley y garantizando los derechos constitucionales del contribuyente, y que las pruebas presentadas fueron debidamente valoradas en la resolución sancionatoria.