Sentencia 006-1123
Una sociedad mercantil mantiene sus obligaciones tributarias formales (presentar declaraciones, informes, conservar documentos, etc.) independientemente de su estado de inactividad…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
Una sociedad, inactiva operativamente desde 1991 debido a un convenio de administración con un banco, fue sancionada por la DGII por incumplir diversas obligaciones formales en 2021, como la presentación de declaraciones e informes y la exhibición de documentos. El contribuyente argumentó que la responsabilidad era del banco administrador, pero el TAIIA confirmó las multas, estableciendo que los convenios privados no son oponibles al Fisco y que la responsabilidad tributaria recae únicamente en el contribuyente mientras no se disuelva legalmente.
Qué deja este caso
Una sociedad mercantil mantiene sus obligaciones tributarias formales (presentar declaraciones, informes, conservar documentos, etc.) independientemente de su estado de inactividad operativa o de la existencia de contratos de administración con terceros. La única forma de extinguir estas obligaciones es a través de la disolución y liquidación formal de la sociedad y su posterior desinscripción del registro de contribuyentes.
Montos en disputa
$9,000.00
multa
$9,000.00
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII sancionó a la sociedad por presentar la declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2021 el 9 de junio de 2023, cuando la fecha… Art. 48
- Confirmado 2 · La DGII impuso una multa porque, según sus registros (SIIT), la sociedad omitió presentar el Balance General, Estado de Resultados y demás anexos… Art. 91
- Confirmado 3 · La DGII sancionó a la sociedad por presentar el listado de socios, accionistas o cooperados del ejercicio 2021 de forma extemporánea. Art. 124
- Confirmado 4 · La DGII multó a la sociedad por no presentar ni exhibir la documentación contable y de soporte del ejercicio 2021, a pesar de haber sido requerida en… Art. 126
Los 4 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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