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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 29 de junio de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia R1503004TM

Es crucial registrar todas las operaciones de compra en el período contable en que ocurren, independientemente de cuándo se pague o se venda la mercadería.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó costos de ventas por $1,358,515.53 a un contribuyente. La objeción se originó porque el contribuyente registró en el ejercicio fiscal 2011 compras de mercadería que, según los Comprobantes de Crédito Fiscal y la confirmación de proveedores, correspondían al ejercicio 2010. Esta práctica violó el principio de independencia de los ejercicios fiscales, y la falta de un registro de inventarios adecuado impidió al contribuyente desvirtuar la presunción de duplicidad del costo.

Qué deja este caso

Es crucial registrar todas las operaciones de compra en el período contable en que ocurren, independientemente de cuándo se pague o se venda la mercadería. Mantener un Registro de Control de Inventarios detallado y conforme a la ley (Art. 142 y 142-A del Código Tributario) es indispensable para soportar los costos deducidos y evitar objeciones por incorrecta imputación temporal o duplicidad.

Montos en disputa

$134,490.42

impuesto determinado

$33,622.61

multa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó costos por $1,358,515.53 registrados en enero y febrero de 2011, ya que los Comprobantes de Crédito Fiscal que los respaldan fueron…
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que actuó conforme al principio de legalidad, aplicando la normativa tributaria correctamente.
  3. Confirmado 3 · La DGII argumentó que no se violó el principio de capacidad contributiva, ya que el impuesto se determinó aplicando la ley a la base imponible…
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto determinado, de acuerdo con el artículo 253 del Código Tributario, por Evasión No Intencional.