Sentencia R2104006TM
La existencia de un historial de compraventa de inmuebles no es suficiente para que la Administración Tributaria califique una venta como 'actividad habitual' y la grave como renta…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
La DGII determinó un impuesto sobre la renta de $30,480 y multas por $15,540 sobre la venta de un inmueble, calificándola como renta ordinaria por supuesta habitualidad. El TAIIA revocó la determinación de la DGII, argumentando que no se probó la habitualidad debido a un lapso de 10 años sin ventas, por lo que la operación no constituía renta ordinaria. Consecuentemente, el Tribunal revocó las multas por evasión y por no llevar contabilidad, ajustando el impuesto a pagar a solo $480.
Qué deja este caso
La existencia de un historial de compraventa de inmuebles no es suficiente para que la Administración Tributaria califique una venta como 'actividad habitual' y la grave como renta ordinaria. Si ha transcurrido un tiempo considerable sin realizar dichas operaciones, se fortalece la presunción de que la venta es ocasional y debe tratarse como ganancia de capital, recayendo en la Administración la carga de probar lo contrario.
Montos en disputa
$480.00
impuesto determinado
$480.00
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII determinó que los $100,000.00 obtenidos por la venta de un inmueble constituían renta ordinaria. Art. 14
- Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de $800 por gastos médicos y $800 por gastos de colegiatura.
- Revocado 3 · La DGII impuso una multa por evasión intencional, basada en la omisión de la renta de la venta del inmueble, y otra por no presentar el Balance… Art. 254
Los 3 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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