Sentencia R2007024T
Para ajustar operaciones de exportación, es indispensable seguir el procedimiento del artículo 111 del Código Tributario, que exige anular la factura original y emitir una nueva…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó una omisión de ingresos a una empresa exportadora. La contribuyente utilizó 'Notas de Crédito' internas, no autorizadas, para ajustar sus ventas de exportación, en lugar de seguir el procedimiento legal de anulación y reemisión de facturas. Adicionalmente, se le objetaron costos y pagos a cuenta que habían sido registrados en un ejercicio fiscal incorrecto, violando el principio de independencia de ejercicios.
Qué deja este caso
Para ajustar operaciones de exportación, es indispensable seguir el procedimiento del artículo 111 del Código Tributario, que exige anular la factura original y emitir una nueva, respaldando la operación con documentación aduanera. El uso de documentos de control interno como 'Notas de Crédito' no tiene validez fiscal para disminuir ingresos y resultará en la determinación de impuestos omitidos.
Montos en disputa
$28,794.60
impuesto determinado
$28,794.60
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII determinó que el contribuyente omitió declarar ingresos por $137,469.18. Art. 111
- Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de un costo de venta por $1,272.22 en el ejercicio 2017. Art. 13
- Confirmado 3 · La DGII determinó que el contribuyente se acreditó indebidamente la suma de $384.26 en su declaración de Renta de 2017. Art. 13
Los 3 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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