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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 30 de marzo de 2012 · Tasación/Multa

Sentencia R1105037TM

La correcta clasificación de los ingresos (renta ordinaria vs. ganancia de capital) depende fundamentalmente del giro habitual de la empresa, el cual está definido en su pacto social. Además, para que se configure una 'evasión intencional' sancionable, no basta una simple omisión de ingresos, especialmente si existen otros errores contables que resultaron en una declaración de ingresos en exceso, ya que esto puede anular la presunción de dolo o intención de defraudar.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII determinó un impuesto sobre la renta y una multa por evasión intencional a una sociedad, argumentando que clasificó erróneamente la venta de un inmueble como ganancia de capital y omitió ingresos por venta de caña y arrendamientos. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, confirmando la reclasificación de los ingresos pero revocando la multa por evasión, al constatar que el contribuyente había declarado por error otros ingresos en exceso que superaban los omitidos, lo que desvirtuaba la intencionalidad.

Qué deja este caso

La correcta clasificación de los ingresos (renta ordinaria vs. ganancia de capital) depende fundamentalmente del giro habitual de la empresa, el cual está definido en su pacto social. Además, para que se configure una 'evasión intencional' sancionable, no basta una simple omisión de ingresos, especialmente si existen otros errores contables que resultaron en una declaración de ingresos en exceso, ya que esto puede anular la presunción de dolo o intención de defraudar.

Montos en disputa

$140,655.63

impuesto determinado

$140,655.63

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII reclasificó el ingreso de $800,000 por la venta de un inmueble, considerándolo renta ordinaria gravada en lugar de ganancia de capital no gravada. Sostuvo que la contribuyente se dedica habitualmente a la venta de inmuebles, ya que desde el año 2001 ha desmembrado y vendido lotes de sus propiedades, por lo que no cumple el requisito para la exención.
  2. Confirmado 2 · La DGII imputó rentas no declaradas por $209,728.36, originadas en contratos de arrendamiento con promesa de venta de lotes. Argumentó que aunque los contratos fueron firmados por un tercero (sociedad DINSA), esta actuaba como apoderada y administradora de la contribuyente, quien es la propietaria real de los inmuebles y beneficiaria de la renta.
  3. Revocado 3 · La DGII determinó ingresos no declarados por $63,891.13 de una venta de caña de azúcar realizada en diciembre de 2007. Sostuvo que, según el principio de lo devengado y la independencia de ejercicios, dichos ingresos debían declararse en 2007, año en que se generaron.
  4. Revocado 4 · La DGII impuso una multa del 50% del impuesto omitido, equivalente a $78,314.20, por evasión intencional. Fundamentó la sanción en la omisión de ingresos por la venta de caña y los arrendamientos, lo que a su juicio constituía una declaración incompleta con la intención de pagar menos impuesto.