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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 27 de octubre de 2021 · Multa

Sentencia I2102009TM

Los servicios prestados a empresas en zonas francas no se consideran automáticamente exportaciones.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una empresa de seguridad privada aplicó incorrectamente la tasa del 0% de IVA a sus servicios prestados a compañías ubicadas en zonas francas, considerándolos exportaciones. La DGII y el TAIIA determinaron que dichos servicios eran operaciones locales gravadas con el 13% de IVA, ya que se consumieron en El Salvador y no eran 'necesarios' para la actividad productiva de exportación de sus clientes, como exige la ley.

Qué deja este caso

Los servicios prestados a empresas en zonas francas no se consideran automáticamente exportaciones. Para aplicar la tasa 0% de IVA, el proveedor debe demostrar que el servicio es 'necesario' para la actividad incentivada del cliente (generalmente, un insumo directo) y que cumple con los requisitos generales de exportación, como su uso exclusivo en el extranjero. Los servicios de carácter general y consumidos localmente, como la seguridad, están sujetos a la tasa del 13% de IVA.

Montos en disputa

$219,839.14

impuesto determinado

$54,959.80

multa

$274,798.94

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que los servicios de seguridad privada prestados a empresas en Zonas Francas y Depósitos de Perfeccionamiento Activo no califican…
  2. Confirmado 2 · Como consecuencia de la reclasificación de las operaciones, la DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto omitido, de acuerdo con el artículo…
  3. Confirmado 3 · La DGII determinó que el contribuyente se acreditó indebidamente un monto de $255.73 en concepto de retenciones de IVA en exceso, lo cual contraviene…