Sentencia R2007023TM
Es crucial cumplir estrictamente con los requisitos formales de los documentos tributarios, como consignar el número de CCF directamente en las Notas de Crédito, ya que los anexos no son…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal de Apelaciones modificó una resolución de la DGII contra un contribuyente por Impuesto sobre la Renta de 2016. El Tribunal confirmó los ajustes por ingresos no declarados debido a notas de crédito que no referenciaban el CCF original y por la objeción al costo de venta por no retener ISR en fletes internacionales. Sin embargo, revocó el ajuste por gastos de servicios corporativos al considerar que el contribuyente sí demostró su materialización y necesidad, resultando en una reducción del impuesto y la multa a pagar.
Qué deja este caso
Es crucial cumplir estrictamente con los requisitos formales de los documentos tributarios, como consignar el número de CCF directamente en las Notas de Crédito, ya que los anexos no son suficientes para subsanar la omisión. Además, los importadores deben retener el 5% de ISR sobre la porción de flete en compras CIF a no domiciliados, pues se considera un servicio utilizado en El Salvador.
Montos en disputa
$2,655,887.26
impuesto determinado
$1,327,943.63
multa
$3,983,830.89
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII sostuvo que los plazos de caducidad del artículo 175 del Código Tributario se suspendieron debido a los decretos de emergencia nacional por… Art. 175
- Confirmado 2 · La DGII objetó ajustes a ingresos documentados con notas de crédito que no consignaban el número del Comprobante de Crédito Fiscal (CCF) que… Art. 110
- Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción del costo de venta correspondiente a fletes internacionales pagados a proveedores no domiciliados, debido a que el… Art. 158
Los 3 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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