Saltar al contenido
HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 29 de julio de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia R1507006TM

Los subsidios estatales son ingresos gravables a menos que una ley los exonere expresamente.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la decisión de la DGII de considerar el subsidio al transporte como renta gravada, rechazar la deducción de bonificaciones sin retenciones de seguridad social y anular la depreciación de activos revaluados con intangibles. Se confirma la determinación de impuesto y la multa por evasión, pero se modifica a la baja la multa por pago a cuenta al corregir la tasa aplicable al subsidio del 1.75% al 0.3%.

Qué deja este caso

Los subsidios estatales son ingresos gravables a menos que una ley los exonere expresamente. Además, para que los gastos en remuneraciones a empleados sean deducibles, es crucial cumplir con todas las obligaciones asociadas, como las retenciones de seguridad social y previsionales, especialmente si los pagos son regulares y no extraordinarios.

Montos en disputa

$32,360.80

impuesto determinado

$8,281.98

multa

$40,642.78

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que la compensación de $356,250.00 otorgada por el Viceministerio de Transporte constituye una renta gravada.
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de $101,719.99 en concepto de horas extras, bonificaciones y otras remuneraciones.
  3. Confirmado 3 · La DGII rechazó la deducción de $69,187.08 por depreciación, argumentando que correspondía a bienes revaluados.
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso una multa por evasión no intencional, tipificada en el artículo 253 del Código Tributario.
  5. Parcial 5 · La DGII impuso una multa de $1,098.76 por no enterar correctamente el pago a cuenta mensual.