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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 19 de marzo de 2021 · Multa

Sentencia I2007022M

Es obligatorio emitir y entregar la factura o documento legal equivalente por cada operación, sin importar cuán pequeño sea el monto, en el preciso momento en que se concluye el servicio o se recibe el pago. La omisión de este deber formal conlleva una multa mínima significativa que no se anula, aunque sí puede atenuarse, con la subsanación posterior a la fiscalización.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma una multa de $420.00 impuesta a un dentista por no emitir una factura por un servicio de $15.00 a un agente fiscalizador (fedatario). El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre el carácter confiscatorio de la multa y la supuesta mala fe del agente, reafirmando que la obligación de facturar es inmediata y el acta del fedatario constituye prueba suficiente de la infracción.

Qué deja este caso

Es obligatorio emitir y entregar la factura o documento legal equivalente por cada operación, sin importar cuán pequeño sea el monto, en el preciso momento en que se concluye el servicio o se recibe el pago. La omisión de este deber formal conlleva una multa mínima significativa que no se anula, aunque sí puede atenuarse, con la subsanación posterior a la fiscalización.

Montos en disputa

$420.00

multa

$420.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente con una multa de $420.00 por no emitir ni entregar una factura por un servicio odontológico de $15.00. La infracción fue constatada por un agente fedatario y se fundamenta en el incumplimiento del artículo 107 del Código Tributario, sancionado por el artículo 239 literal a) del mismo código, que establece una multa mínima de dos salarios mínimos mensuales.