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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 28 de febrero de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia I1802002TM

Es crucial para los contribuyentes del IVA mantener un Registro de Control de Inventarios actualizado y disponible para la fiscalización. La ausencia de este registro anula el derecho a deducir los créditos fiscales de las compras de bienes, incluso si estas están respaldadas por facturas y registradas en la contabilidad, resultando en una mayor carga tributaria y posibles sanciones.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que determina un impuesto de IVA de $74,674.24 y multas por $67,338.81 a un contribuyente para el año 2013. La sanción se origina por la omisión total de presentar las declaraciones mensuales de IVA y por el rechazo de $36,570.45 en créditos fiscales, debido a que el contribuyente no mantuvo ni presentó el Registro de Control de Inventarios, un requisito legal indispensable para dicha deducción.

Qué deja este caso

Es crucial para los contribuyentes del IVA mantener un Registro de Control de Inventarios actualizado y disponible para la fiscalización. La ausencia de este registro anula el derecho a deducir los créditos fiscales de las compras de bienes, incluso si estas están respaldadas por facturas y registradas en la contabilidad, resultando en una mayor carga tributaria y posibles sanciones.

Montos en disputa

$74,674.24

impuesto determinado

$67,338.81

multa

$36,570.45

crédito fiscal objetado

$142,013.05

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó créditos fiscales por $36,570.45 al determinar que, si bien las compras eran indispensables para el giro del negocio y estaban documentadas, no fueron asentadas en el Registro de Control de Inventarios. La DGII argumentó que este es un requisito indispensable para la deducción del crédito fiscal de bienes muebles corporales, según el artículo 65 de la Ley de IVA, y el contribuyente no presentó dicho registro a pesar de múltiples requerimientos.
  2. Confirmado 2 · La DGII determinó que el contribuyente omitió declarar operaciones internas gravadas por $646,838.76 y su correspondiente débito fiscal de $84,089.03 durante los períodos de enero a diciembre de 2013. Esta determinación se basó en la revisión de los libros de ventas y documentos emitidos por el propio contribuyente, constatando que no presentó las declaraciones de IVA correspondientes.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa por evasión intencional, tipificada en el artículo 254 del Código Tributario. La sanción se fundamentó en que el contribuyente omitió presentar las declaraciones de IVA para todo el ejercicio 2013, a pesar de haber realizado operaciones gravadas, lo que resultó en la omisión del pago del impuesto correspondiente.
  4. Confirmado 4 · La DGII sancionó al contribuyente con una multa por omitir la presentación de las declaraciones de IVA de enero a diciembre de 2013. Esta sanción se basa en el incumplimiento de una obligación formal, tipificado en el artículo 238 literal a) del Código Tributario.