Sentencia I2206002M
Omitir la presentación de declaraciones de impuestos o presentarlas con valor cero cuando existen operaciones económicas, constituye una presunción de evasión intencional.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA omitido de $28,166.67 y una multa por evasión intencional de $32,400.00 a una empresa de seguridad. El contribuyente no presentó algunas declaraciones y otras las presentó en cero, a pesar de tener operaciones gravadas. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la recalificación de la infracción a 'no intencional' y la supuesta violación al principio de proporcionalidad, estableciendo que la sanción aplicada es la que corresponde legalmente sin margen a discrecionalidad.
Qué deja este caso
Omitir la presentación de declaraciones de impuestos o presentarlas con valor cero cuando existen operaciones económicas, constituye una presunción de evasión intencional. La sanción por esta infracción es fija y no puede ser reducida por la administración tributaria bajo el argumento de proporcionalidad, ya que dicha ponderación fue realizada por el legislador al crear la norma.
Montos en disputa
$28,166.67
impuesto determinado
$32,400.00
multa
$60,566.67
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII sostuvo que la conducta del contribuyente se encuadra en la evasión intencional, según las presunciones del artículo 254 del Código… Art. 254
- Confirmado 2 · La DGII defendió que el principio de proporcionalidad no le otorga discrecionalidad para modificar una sanción cuyo monto está claramente establecido… Art. 3
- Confirmado 3 · La DGII no se pronunció sobre este punto en su informe, ya que la solicitud fue realizada por el contribuyente directamente en su recurso de… Art. 261
Los 3 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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