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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 29 de agosto de 2023 · Multa

Sentencia C2301002M

Es fundamental cumplir rigurosamente con todas las obligaciones formales tributarias, como el llenado completo y correcto de cada requisito en las facturas (descripción detallada…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una empresa hotelera fue sancionada por la DGII con multas que suman $200,916.68 por emitir facturas con información incompleta y presentar tardíamente el informe F-930. El contribuyente apeló, argumentando que la DGII debió aplicar el procedimiento de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) y que las multas eran confiscatorias. El Tribunal de Apelaciones confirmó las sanciones, estableciendo que en materia tributaria prevalece el procedimiento especial del Código Tributario sobre la LPA y que las multas aplicadas conforme a ley no son confiscatorias.

Qué deja este caso

Es fundamental cumplir rigurosamente con todas las obligaciones formales tributarias, como el llenado completo y correcto de cada requisito en las facturas (descripción detallada, identificación del cliente en montos altos) y la presentación de informes en los plazos legales. En caso de un procedimiento sancionador, la normativa aplicable es la del Código Tributario, no la Ley de Procedimientos Administrativos, debido al principio de especialidad de la materia.

Montos en disputa

$200,916.68

multa

$200,916.68

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII defendió la aplicación del procedimiento para sanciones aisladas regulado en los artículos 259 al 263 del Código Tributario.
  2. Confirmado 2 · La DGII sancionó al contribuyente por emitir Facturas de Consumidor Final que incumplían requisitos del artículo 114 del Código Tributario.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa por la remisión extemporánea del Informe Mensual de Sujetos de Retención, Percepción o Anticipo de IVA (F-930) para los…
  4. Confirmado 4 · La DGII aplicó las multas conforme a lo estipulado en el Código Tributario, actuando dentro del marco del principio de legalidad.