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HazConta Leyes
Modificatorio Código Tributario Notificada el 28 de agosto de 2025 · Multa

Sentencia 006-0325

Es fundamental cumplir con la obligación formal de presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente, ya que este plazo es…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una empresa fue multada con $91,131.78 por no presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) en varios períodos. El Tribunal confirma la multa de $75,943.15 para los períodos donde la obligación era clara (arrendamientos), pero revoca $15,188.63 del período de mayo 2022, al determinar que la DGII no investigó si la retención correspondía a una operación exenta (seguros), incumpliendo así el Principio de Verdad Material.

Qué deja este caso

Es fundamental cumplir con la obligación formal de presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente, ya que este plazo es independiente del derecho a usar el crédito fiscal. No obstante, la Administración Tributaria está obligada a investigar la naturaleza real de las operaciones (Principio de Verdad Material) antes de sancionar, especialmente si hay indicios de que la operación subyacente estaba exenta de impuestos.

Montos en disputa

$75,943.15

multa

$75,943.15

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente por no remitir el Informe de Sujetos que le Aplicaron Retención (F-930) para los períodos de enero, abril…
  2. Revocado 2 · La DGII impuso una multa por la no presentación del informe F-930 para el período de mayo de 2022.
  3. Confirmado 3 · La DGII aplicó la sanción calculándola como el 0.1% del patrimonio de la contribuyente, conforme a la fórmula establecida en el artículo 241 literal…