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HazConta Leyes

Sentencia 004-1025

Es indispensable registrar cada Comprobante de Crédito Fiscal en el Libro de Ventas a Contribuyentes de forma individualizada y por su valor exacto. Intentar cuadrar diferencias contables mediante ajustes globales en otros libros sin trazabilidad documental específica no es válido ante una fiscalización y derivará en la determinación de impuestos omitidos y sanciones.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII determinó una disminución del remanente de crédito fiscal y una multa a una empresa de telefonía por registrar de forma inexacta 24 Comprobantes de Crédito Fiscal en su Libro de Ventas a Contribuyentes, omitiendo declarar parte del débito fiscal. El contribuyente argumentó que el impuesto fue pagado mediante ajustes globales en el Libro de Ventas a Consumidor Final, pero el TAIIA confirmó la resolución al considerar que los registros contables globales no sustituyen la obligación formal de registrar individualmente y por su valor real cada documento en los libros legales de IVA.

Qué deja este caso

Es indispensable registrar cada Comprobante de Crédito Fiscal en el Libro de Ventas a Contribuyentes de forma individualizada y por su valor exacto. Intentar cuadrar diferencias contables mediante ajustes globales en otros libros sin trazabilidad documental específica no es válido ante una fiscalización y derivará en la determinación de impuestos omitidos y sanciones.

Montos en disputa

$465,344.10

impuesto determinado

$2,268.00

multa

$465,507.14

crédito fiscal objetado

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que la sociedad acreditó indebidamente crédito fiscal en los meses de febrero y agosto de 2022 por montos de $163.04 y $104.50, respectivamente. Esto ocurrió porque la contribuyente no efectuó el ajuste del remanente para el próximo período en las declaraciones modificatorias de enero y julio del mismo año.
  2. Confirmado 2 · La DGII determinó que la sociedad omitió declarar operaciones internas gravadas por $3,579,569.84 y su respectivo débito fiscal de $465,344.10. La objeción se basó en que la contribuyente registró 24 Comprobantes de Crédito Fiscal (CCF) en su Libro de Ventas a Contribuyentes con valores muy inferiores a los reales emitidos a su cliente.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de $2,268.00 correspondiente al período de diciembre de 2022, debido a que la sociedad registró Comprobantes de Crédito Fiscal en el Libro de Ventas a Contribuyentes de forma inexacta o incompleta, consignando valores menores a los reales.