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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 18 de julio de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1805012TM

Para deducir gastos por servicios, especialmente los intangibles contratados con partes relacionadas no domiciliadas, es indispensable mantener pruebas robustas que demuestren la materialización y necesidad del servicio (como reportes, correos, bitácoras), más allá del contrato y las facturas. Toda la documentación probatoria debe presentarse en español o con su respectiva traducción legal.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a pagar y una multa a un contribuyente. Los hallazgos confirmados incluyen la omisión de declarar ingresos por ganancia de capital y la objeción de deducciones por servicios tecnológicos de no domiciliados y depreciación de activos, al no poder el contribuyente probar la efectiva prestación de los servicios ni el uso de los bienes para generar renta.

Qué deja este caso

Para deducir gastos por servicios, especialmente los intangibles contratados con partes relacionadas no domiciliadas, es indispensable mantener pruebas robustas que demuestren la materialización y necesidad del servicio (como reportes, correos, bitácoras), más allá del contrato y las facturas. Toda la documentación probatoria debe presentarse en español o con su respectiva traducción legal.

Montos en disputa

$7,763.56

impuesto determinado

$1,940.89

multa

$9,704.45

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de gastos por servicios tecnológicos contratados con sociedades no domiciliadas y relacionadas, por un monto de $27,353.81. Sostuvo que el contribuyente no demostró la efectiva prestación o materialización de dichos servicios, lo que impidió verificar si eran necesarios para la producción de la renta y la conservación de su fuente, como exige la ley.
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de $1,660.84 en concepto de depreciación. Argumentó que el gasto no era necesario para la producción de renta, ya que el contribuyente no tenía empleados durante el ejercicio fiscalizado, por lo que los bienes depreciados no podían estar en uso.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de $1,940.89, equivalente al 25% del impuesto determinado, por la infracción de Evasión No Intencional. La base fue la presentación de una declaración de renta incorrecta, producto de las deducciones improcedentes y los ingresos no declarados.