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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 22 de mayo de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1611006TM

Para poder deducir el costo de las mejoras realizadas a un bien inmueble al momento de calcular la ganancia de capital, es indispensable conservar toda la documentación de respaldo idónea…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta por ganancia de capital no declarada, derivada de la venta de un inmueble. La DGII calculó la ganancia restando el costo de adquisición (según escritura de 1998) del precio de venta (según escritura de 2014), rechazando las mejoras alegadas por el contribuyente por falta de documentación de respaldo y por no llevar contabilidad en el ejercicio fiscalizado. También se confirman las multas por evasión intencional y por omitir llevar contabilidad.

Qué deja este caso

Para poder deducir el costo de las mejoras realizadas a un bien inmueble al momento de calcular la ganancia de capital, es indispensable conservar toda la documentación de respaldo idónea (facturas, CCF, contratos) que demuestre fehacientemente dichos costos y registrarlos contablemente en el período correspondiente. Un valúo pericial por sí solo no es suficiente para probar el costo de las mejoras.

Montos en disputa

$31,769.63

impuesto determinado

$16,854.42

multa

$48,624.05

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó una ganancia de capital restando el costo de adquisición de 1998 (convertido de colones a dólares) del precio de venta de 2014.
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que la ganancia de capital proviene de una actividad ocasional y no habitual, por lo que el hecho de que la sociedad no desarrollara…
  3. Confirmado 3 · La DGII aplicó la multa por evasión intencional basándose en la presunción del artículo 254 literal b) del Código Tributario.
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso la multa porque la sociedad, estando obligada por el Código de Comercio y el Código Tributario, no presentó los libros de contabilidad…