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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 18 de diciembre de 2018 · Tasación/Multa

Sentencia I1701026TM

Para asegurar la deducibilidad de créditos fiscales y gastos, es indispensable que todas las transacciones (individuales o múltiples con un mismo sujeto en 10 días) que superen los 58 salarios mínimos se paguen exclusivamente a través de medios bancarizados como cheques, transferencias o tarjetas. El contribuyente debe mantener pruebas que vinculen inequívocamente cada pago con su respectiva factura, ya que el pago en efectivo de dichas operaciones conlleva al rechazo automático del crédito fiscal.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó créditos fiscales de IVA por $86,346.35 a un contribuyente, debido a que este realizó compras por montos superiores a 58 salarios mínimos y las pagó en efectivo, incumpliendo el requisito de utilizar medios bancarios (cheque, transferencia, tarjeta) establecido en los Arts. 65-A LIVA y 206-A CT. Adicionalmente, se confirman las multas por evasión no intencional y por la presentación extemporánea de informes tributarios.

Qué deja este caso

Para asegurar la deducibilidad de créditos fiscales y gastos, es indispensable que todas las transacciones (individuales o múltiples con un mismo sujeto en 10 días) que superen los 58 salarios mínimos se paguen exclusivamente a través de medios bancarizados como cheques, transferencias o tarjetas. El contribuyente debe mantener pruebas que vinculen inequívocamente cada pago con su respectiva factura, ya que el pago en efectivo de dichas operaciones conlleva al rechazo automático del crédito fiscal.

Montos en disputa

$86,346.35

impuesto determinado

$23,962.11

multa

$86,346.35

crédito fiscal objetado

$110,308.46

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó créditos fiscales por USD$86,346.35 correspondientes a compras de maíz y maicillo.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto determinado (USD$21,586.59) por evasión no intencional, según el Art. 253 del Código Tributario.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de USD$1,696.80 por remitir de forma extemporánea el informe de sujetos a retención de IVA (F-930) para los períodos de…
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso una multa de USD$678.72 por no suministrar el informe de proveedores, clientes, acreedores y deudores (F-987) del primer semestre de…