Sentencia 005-1223
Para asegurar la deducibilidad del crédito fiscal, no es suficiente con poseer el Comprobante de Crédito Fiscal. Es imperativo cumplir con todas las obligaciones formales, como llevar un Registro de Control de Inventarios actualizado, y estar preparado para demostrar la materialidad de las operaciones con pruebas adicionales (contratos, pagos, órdenes de compra, pruebas de entrega), ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de objetar créditos fiscales de IVA a una empresa constructora y de imponerle diversas multas. La empresa no pudo demostrar la existencia real de las compras, utilizó comprobantes con numeración no autorizada y, crucialmente, no llevaba el Registro de Control de Inventarios, un requisito indispensable para la deducción.
Qué deja este caso
Para asegurar la deducibilidad del crédito fiscal, no es suficiente con poseer el Comprobante de Crédito Fiscal. Es imperativo cumplir con todas las obligaciones formales, como llevar un Registro de Control de Inventarios actualizado, y estar preparado para demostrar la materialidad de las operaciones con pruebas adicionales (contratos, pagos, órdenes de compra, pruebas de entrega), ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.
Montos en disputa
$73,071.17
impuesto determinado
$25,598.55
multa
$78,860.31
crédito fiscal objetado
$98,669.72
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII objetó créditos fiscales de IVA por $78,860.31, derivados de compras por $606,617.62. La objeción se basó en que el contribuyente no pudo comprobar la existencia efectiva de las operaciones, ya que compulsas a proveedores revelaron que estos negaron las transacciones o los documentos no coincidían. Además, parte de los Comprobantes de Crédito Fiscal (CCF) tenían numeraciones no autorizadas y las compras no fueron asentadas en el registro de control de inventarios, incumpliendo requisitos legales para la deducción. Art. 65
- Confirmado 2 · La DGII impuso una multa de $19,343.55, equivalente al 25% del impuesto determinado, por evasión no intencional. Sostuvo que la deducción improcedente de créditos fiscales llevó a la presentación de declaraciones incorrectas y a la omisión del pago del impuesto correspondiente, configurando la infracción. Art. 253
- Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de $2,700.00 por omitir llevar el Registro de Control de Inventarios durante los períodos fiscalizados. La Administración Tributaria determinó que el contribuyente estaba obligado a ello por su actividad económica, que incluye la transferencia de bienes (materiales de construcción). Art. 142
- Confirmado 4 · La DGII impuso una multa de $255.00 por la presentación de declaraciones de IVA incorrectas para los períodos de junio, noviembre y diciembre de 2021. El contribuyente presentó inicialmente estas declaraciones a cero, pero luego las modificó, resultando en un pago de impuesto original, lo que configura la infracción. Art. 103
- Confirmado 5 · La DGII impuso una multa de $3,300.00 por no remitir el Informe de los sujetos que le aplicaron retenciones y percepciones de IVA (F-930) para los períodos de marzo a diciembre de 2021, incumpliendo una obligación formal. Art. 123-A
Los 5 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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