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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 29 de marzo de 2023 · Multa

Sentencia R2205028TM

Para deducir gastos financieros por intereses de préstamos, no basta con presentar el contrato del crédito.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a pagar y una multa por evasión no intencional a una empresa. La controversia se centró en la objeción de gastos financieros por falta de documentación que probara el uso de los fondos de los préstamos en la generación de renta, así como otros gastos no soportados, sobre los cuales el contribuyente había manifestado su conformidad.

Qué deja este caso

Para deducir gastos financieros por intereses de préstamos, no basta con presentar el contrato del crédito. Es crucial mantener un registro contable detallado y la documentación de soporte que demuestre fehacientemente el ingreso de los fondos y su aplicación directa en actividades necesarias para producir renta gravada o conservar la fuente.

Montos en disputa

$98,257.71

impuesto determinado

$24,564.43

multa

$122,822.14

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó gastos de venta y administración por viáticos (USD $23,077.90) y gastos de venta por descuentos en ofertas y publicaciones…
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de USD $238,025.38 en gastos financieros por intereses y comisiones.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de USD $25,942.60 por intereses pagados a la sociedad no domiciliada '------------------ Capital'.
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso una multa de USD $24,564.43, equivalente al 25% del impuesto omitido, por la infracción de Evasión No Intencional.