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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 29 de agosto de 2017 · Tasación/Multa

Sentencia R1607005TM

La Administración Tributaria no puede determinar un impuesto asumiendo que un hecho es gravado; tiene la carga de la prueba de verificar y descartar activamente que la operación no cae en un supuesto de no sujeción o exención previsto en la ley, como la venta de la primera casa de habitación. La falta de esta debida diligencia invalida la determinación del impuesto.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una contribuyente fue sancionada por la DGII con impuesto sobre la renta y multas por una ganancia de capital no declarada en la venta de un inmueble. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa por no presentar información, pero revocó la determinación del impuesto y la multa por evasión, al determinar que la DGII violó el principio de legalidad al no investigar si la operación calificaba como una renta no gravable (venta de primera casa de habitación) antes de imponer el tributo.

Qué deja este caso

La Administración Tributaria no puede determinar un impuesto asumiendo que un hecho es gravado; tiene la carga de la prueba de verificar y descartar activamente que la operación no cae en un supuesto de no sujeción o exención previsto en la ley, como la venta de la primera casa de habitación. La falta de esta debida diligencia invalida la determinación del impuesto.

Montos en disputa

$10,169.66

impuesto determinado

$7,350.13

multa

$17,519.79

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII determinó un impuesto sobre la renta de $10,169.66 sobre una ganancia de capital de $101,696.57, originada por la venta de un inmueble. La administración argumentó que la contribuyente omitió declarar esta ganancia, calculada como la diferencia entre el precio de venta en 2014 ($150,000.00) y el costo de adquisición en 1993 ($48,303.43), conforme a los artículos 14 y 42 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
  2. Revocado 2 · La DGII impuso una multa de $5,084.83, equivalente al 50% del impuesto omitido, por evasión intencional. La administración consideró que la omisión de declarar una ganancia de capital significativa configuraba la presunción de intencionalidad según el artículo 254 del Código Tributario.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de $2,265.30 por no cumplir con la obligación de presentar o exhibir la información solicitada mediante tres autos diferentes durante el proceso de fiscalización, infringiendo el artículo 126 del Código Tributario.