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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 20 de diciembre de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia I1901013M

Es crucial capacitar a todo el personal, sin excepción, sobre la obligación legal de emitir y entregar la factura o documento equivalente correspondiente en el preciso momento en que el cliente realiza el pago. La responsabilidad final por cualquier omisión recae sobre el empleador, y excusas como el error de un empleado nuevo o dificultades económicas no son aceptadas para anular la sanción.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa de $150.00 a una contribuyente por no emitir una factura al momento de una venta a un agente fiscal encubierto (fedatario). La contribuyente argumentó que fue un error de una empleada nueva y que tenía dificultades económicas, pero el Tribunal sostuvo que el empleador es responsable por las acciones de sus dependientes y que la situación económica no es una causal de exoneración, la cual es potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa.

Qué deja este caso

Es crucial capacitar a todo el personal, sin excepción, sobre la obligación legal de emitir y entregar la factura o documento equivalente correspondiente en el preciso momento en que el cliente realiza el pago. La responsabilidad final por cualquier omisión recae sobre el empleador, y excusas como el error de un empleado nuevo o dificultades económicas no son aceptadas para anular la sanción.

Montos en disputa

$150.00

multa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII impuso una multa de $150.00 porque un fedatario realizó una compra en el establecimiento de la contribuyente y no se le emitió ni entregó la factura al momento del pago. La emisión posterior del documento, después de que el fedatario se identificara, no subsana la infracción ya configurada, según el artículo 239 literal a) del Código Tributario. Además, la DGII argumenta que el empleador es responsable por las infracciones de sus dependientes, conforme al artículo 234 del mismo código.