Sentencia C1302017M
Las instituciones públicas deben tener claro que los plazos para cumplir obligaciones tributarias relacionadas con contrataciones, como informar el nombramiento de un auditor, no inician…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal de Apelaciones revocó una multa de $148,258.44 impuesta a una institución pública autónoma por supuestamente informar tarde el nombramiento de su auditor fiscal. La DGII consideró la fecha del acuerdo de la Junta Directiva como el inicio del plazo, pero el Tribunal determinó que para las entidades públicas, el plazo comienza cuando el nombramiento es firme según la Ley de Adquisiciones y Contrataciones (LACAP), es decir, tras la firma del contrato, lo cual el contribuyente hizo a tiempo.
Qué deja este caso
Las instituciones públicas deben tener claro que los plazos para cumplir obligaciones tributarias relacionadas con contrataciones, como informar el nombramiento de un auditor, no inician con acuerdos internos preliminares. El cómputo del plazo comienza una vez que el acto administrativo es firme y definitivo, conforme a los procedimientos y plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP).
Montos en disputa
$148,258.44
multa
$148,258.44
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente, una institución autónoma, por informar fuera del plazo legal el nombramiento de su auditor fiscal para el…
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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3 criterios del Tribunal con su cita textual, 4 documentos que pesaron y 1 error del contribuyente
1 es criterio reiterado; uno aparece en 6 sentencias. Abierto con tu usuario de HazConta.
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1 riesgo del catálogo se materializa en este caso
Cada uno con su porcentaje de confirmación ante el Tribunal y qué hacer para no caer en él. Abierto con tu usuario de HazConta.
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