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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 22 de agosto de 2025 · Tasación

Sentencia 001-0125

Las retenciones de Impuesto sobre la Renta nunca son un gasto deducible para quien las paga, incluso si un contrato lo exige.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó a una entidad bancaria la deducción de gastos financieros que en realidad eran retenciones de ISR asumidas por la empresa, lo cual está prohibido por ley. Adicionalmente, se confirma el recálculo del factor de proporcionalidad, ya que el contribuyente omitió incluir los costos por intereses como un gasto común a las rentas gravadas y no gravadas, resultando en una disminución de su saldo a favor.

Qué deja este caso

Las retenciones de Impuesto sobre la Renta nunca son un gasto deducible para quien las paga, incluso si un contrato lo exige. Además, las empresas con ingresos gravados y no gravados deben prorratear todos los costos comunes (como los intereses de financiamiento general) usando la fórmula legal, ya que es muy difícil probar que un costo beneficia exclusivamente a un tipo de ingreso.

Montos en disputa

$338,890.28

impuesto determinado

$338,890.28

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de USD$51,949.92 registrados como gastos financieros.
  2. Confirmado 2 · La DGII recalculó el factor de proporcionalidad al determinar que el contribuyente omitió incluir los costos por intereses (USD$25.8M) en la base de…