Saltar al contenido
HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 16 de marzo de 2023 · Multa

Sentencia R2205031TM

Para asegurar la deducibilidad de un gasto, el contribuyente debe mantener un soporte documental robusto que vaya más allá de la factura o el contrato.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a cargo de un contribuyente y le impuso una multa por evasión no intencional. La controversia se centró en el rechazo de deducciones por honorarios profesionales y gastos financieros, debido a que el contribuyente no pudo demostrar con pruebas fehacientes la existencia real de los servicios ni la inversión de los préstamos en la actividad generadora de renta.

Qué deja este caso

Para asegurar la deducibilidad de un gasto, el contribuyente debe mantener un soporte documental robusto que vaya más allá de la factura o el contrato. Es fundamental poder probar la materialidad de la operación, es decir, que el servicio se recibió efectivamente o que los fondos se utilizaron para fines del negocio, y que el gasto fue necesario para generar ingresos o conservar la fuente de los mismos.

Montos en disputa

$82,087.79

impuesto determinado

$20,521.95

multa

$102,609.74

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de USD$206,923.62 en honorarios pagados a cuatro proveedores, argumentando que la contribuyente no demostró la existencia…
  2. Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de USD$66,702.84 en gastos financieros, argumentando que la contribuyente no demostró que los préstamos subyacentes…
  3. Confirmado 3 · La DGII sostuvo que su actuación se apegó al Principio de Legalidad, que se garantizó el derecho de defensa y contradicción de la contribuyente en…
  4. Confirmado 4 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto determinado, de acuerdo con el artículo 253 del Código Tributario.