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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 25 de junio de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia I1602018TM

Para deducir gastos por servicios contratados a una parte relacionada en el extranjero, no basta con demostrar que el servicio se prestó y se pagó el impuesto correspondiente. Es crucial documentar de manera específica y detallada la indispensabilidad de cada servicio, demostrando que no es redundante con las capacidades del personal local ni está cubierto por otros acuerdos, y que es esencial para generar ingresos gravados.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de créditos fiscales de IVA por servicios de administración pagados a una casa matriz no domiciliada. Se determinó que el contribuyente no logró probar que dichos servicios fueran indispensables para su actividad, ya que contaba con personal local para realizar funciones similares y existían otros contratos que cubrían parte de la asistencia recibida, haciendo que el gasto no fuera necesario.

Qué deja este caso

Para deducir gastos por servicios contratados a una parte relacionada en el extranjero, no basta con demostrar que el servicio se prestó y se pagó el impuesto correspondiente. Es crucial documentar de manera específica y detallada la indispensabilidad de cada servicio, demostrando que no es redundante con las capacidades del personal local ni está cubierto por otros acuerdos, y que es esencial para generar ingresos gravados.

Montos en disputa

$208,931.86

crédito fiscal objetado

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de créditos fiscales de IVA por valor de $208,931.86, originados por pagos a su casa matriz no domiciliada por servicios administrativos. La DGII argumentó que dichos servicios no eran indispensables para el giro del negocio, ya que el contribuyente poseía una estructura organizativa y personal calificado para realizar esas funciones. Además, sostuvo que los servicios eran redundantes, pues ya estaban cubiertos en otros contratos preexistentes con la misma casa matriz (un Contrato de Licencia de Propiedad Intelectual y un Acuerdo de Suministro).