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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 22 de diciembre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1103012TM

Los servicios de transporte de carga internacional que tengan como punto de origen o destino el territorio salvadoreño deben ser gravados en su totalidad con la tasa del 13% de IVA.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que obliga a un transportista a pagar IVA al 13% sobre servicios de carga internacional, al determinar que dichos servicios no califican como exportación con tasa 0% porque inician o terminan en El Salvador, no cumpliendo el requisito de ser 'utilizados exclusivamente en el extranjero'. También se confirman las multas por la presentación tardía de declaraciones e informes.

Qué deja este caso

Los servicios de transporte de carga internacional que tengan como punto de origen o destino el territorio salvadoreño deben ser gravados en su totalidad con la tasa del 13% de IVA. No es correcto tratarlos como exportación de servicios ni fraccionar la operación en un tramo nacional y otro extranjero para efectos fiscales.

Montos en disputa

$97,495.90

impuesto determinado

$2,894.34

multa

$100,390.24

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que los servicios de transporte internacional de carga que inician o terminan en El Salvador constituyen una única prestación de…
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso dos multas: una por no presentar la declaración de IVA de enero de 2008 en el plazo legal, y otra por remitir de forma extemporánea el…