Sentencia I1009008T
Para asegurar la deducibilidad de un crédito fiscal de IVA, no basta con tener el Comprobante de Crédito Fiscal.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a un contribuyente por un monto de $7,318.09. La objeción se basa en que el contribuyente, a pesar de poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal, no pudo demostrar la existencia efectiva de las operaciones de compra de bienes y servicios, al no presentar pruebas de la recepción material de los mismos ni de los pagos a los proveedores, quienes además resultaron no ser localizables.
Qué deja este caso
Para asegurar la deducibilidad de un crédito fiscal de IVA, no basta con tener el Comprobante de Crédito Fiscal. Es indispensable que el contribuyente mantenga y pueda presentar pruebas fehacientes que demuestren la materialidad de la operación, tales como controles de inventario firmados, notas de recepción, reportes de avance de servicios y, crucialmente, evidencia clara e inequívoca del pago realizado directamente al proveedor.
Montos en disputa
$7,318.09
impuesto determinado
$7,318.09
crédito fiscal objetado
$7,318.09
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII objetó créditos fiscales de IVA provenientes de compras de bienes (llantas, aceite quemado) y servicios de construcción a dos proveedores… Art. 65-A
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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