Saltar al contenido
HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 30 de noviembre de 2022 · Multa

Sentencia R2202024T

La constitución de reservas o provisiones, aunque sea una obligación impuesta por un ente regulador como la Superintendencia del Sistema Financiero, no garantiza su deducibilidad para…

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de rechazar las deducciones de gastos reclamadas por una compañía de seguros correspondientes a dos tipos de reservas: una para la devolución de primas y otra para siniestros no reportados (IBNR). El Tribunal determinó que ambas constituyen provisiones para contingencias futuras basadas en estimaciones y no gastos reales y necesarios para la generación de renta, por lo que su deducción no está permitida por la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Qué deja este caso

La constitución de reservas o provisiones, aunque sea una obligación impuesta por un ente regulador como la Superintendencia del Sistema Financiero, no garantiza su deducibilidad para efectos del Impuesto sobre la Renta. Para que un gasto sea deducible, debe ser un costo o gasto real, necesario y directamente relacionado con la generación de renta gravada durante el ejercicio fiscal, y no una estimación para cubrir obligaciones o contingencias futuras, a menos que la ley tributaria lo autorice expresamente.

Montos en disputa

$1,440,201.69

impuesto determinado

$1,440,201.69

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó el gasto por el incremento de esta reserva, argumentando que no es una reserva matemática para un riesgo asegurable, sino una…
  2. Confirmado 2 · La DGII rechazó la deducción de la reserva IBNR, indicando que no es un gasto real incurrido en el ejercicio, sino una provisión basada en cálculos…