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HazConta Leyes
Modificatorio IVA Notificada el 18 de octubre de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia I1509003TM

La obligación de presentar la declaración de impuestos es independiente de la capacidad de pago.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente no presentó ni pagó sus declaraciones de IVA durante todo el año 2012. La DGII le impuso multas por evasión intencional y por omitir la presentación de declaraciones. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa por evasión, pero modificó la multa por omisión de declaración, estableciendo un nuevo y favorable criterio para el contribuyente al dictaminar que la base de cálculo de dicha multa es el impuesto neto a pagar y no el débito fiscal bruto.

Qué deja este caso

La obligación de presentar la declaración de impuestos es independiente de la capacidad de pago. Siempre se debe presentar la declaración, incluso si el resultado es a pagar y no se tienen los fondos, para evitar sanciones más graves como la presunción de evasión intencional. Este fallo establece que la multa por no declarar IVA se calcula sobre el impuesto neto (débitos menos créditos), lo cual es un precedente importante que reduce la carga sancionatoria en estos casos.

Montos en disputa

$42,835.11

impuesto determinado

$45,691.68

multa

$88,526.79

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por Evasión Intencional, aplicando el artículo 254 literal h) del Código Tributario.
  2. Parcial 2 · La DGII calculó la multa del 40% por omitir la presentación de la declaración, establecida en el artículo 238 literal a) del Código Tributario, sobre…