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HazConta Leyes
Modificatorio IVA Notificada el 14 de diciembre de 2015 · Tasación/Multa

Sentencia I1411006TM

Es crucial presentar siempre las declaraciones de impuestos, incluso si no se puede pagar de inmediato, para evitar la grave presunción de evasión intencional.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente omitió presentar declaraciones de IVA y no enteró el impuesto correspondiente a varios períodos. La DGII determinó el impuesto omitido y aplicó multas por omisión de declaración y evasión intencional. El Tribunal confirma la evasión intencional y el impuesto, pero modifica la base de cálculo para la multa por omisión de declaración, estableciendo que debe ser sobre el impuesto a pagar (débito menos crédito) y no sobre el débito fiscal total.

Qué deja este caso

Es crucial presentar siempre las declaraciones de impuestos, incluso si no se puede pagar de inmediato, para evitar la grave presunción de evasión intencional. Las dificultades económicas no justifican la no entrega al fisco del IVA recaudado de los clientes, ya que este dinero no pertenece al contribuyente.

Montos en disputa

$42,645.69

impuesto determinado

$40,077.32

multa

$82,966.97

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII impuso una multa del 40% por omitir la presentación de declaraciones de IVA, calculándola sobre el total del débito fiscal omitido.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa por evasión intencional basándose en la presunción legal del artículo 254 literal h) del Código Tributario.