Sentencia 004-0326
Las obligaciones informativas (F-930, F-987) deben cumplirse en plazo con independencia de que se haya pagado el impuesto; las fallas del sistema deben documentarse (capturas, tickets, constancias de Asistencia Tributaria) y, si se otorga plazo de subsanación, debe presentarse el informe completo dentro de él para obtener la atenuante del 30%.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
Una sociedad de servicios de seguridad privada fue multada por no remitir los informes F-930 de marzo a diciembre de 2023 ($6,363.20) y por no suministrar los informes F-987 de ambos semestres de 2023 ($1,440.00 cada uno). Alegó que el sistema de Hacienda le impedía presentar los F-930 por no haber pagado el IVA y que el F-987 no se aceptaba, y pidió exoneración o atenuante. El Tribunal confirmó todas las multas.
Qué deja este caso
Las obligaciones informativas (F-930, F-987) deben cumplirse en plazo con independencia de que se haya pagado el impuesto; las fallas del sistema deben documentarse (capturas, tickets, constancias de Asistencia Tributaria) y, si se otorga plazo de subsanación, debe presentarse el informe completo dentro de él para obtener la atenuante del 30%.
Montos en disputa
$9,243.20
multa
$9,243.20
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII constató en el SIIT que la sociedad fue sujeta a retenciones del 1% y percepciones de IVA y no remitió los F-930 en el plazo del art. 123-A inc. 2 CT, por lo que impuso multa de $6,363.20 conforme al art. 241 lit. e) CT. Art. 123-A
- Confirmado 2 · La DGII verificó que los ingresos semestrales superaban 2,753 salarios mínimos y que no se presentó el F-987 en plazo; al subsanar en audiencia, los formularios se presentaron sin ninguna información de operaciones, por lo que impuso $1,440.00 por semestre sin atenuante (art. 241 lit. k CT). Art. 125
- Confirmado 3 · La DGII sostuvo que la exoneración solo es posible mediante ley de la Asamblea Legislativa (reserva de ley) y que la atenuante exige subsanar en el plazo del auto de audiencia y apertura a pruebas, lo que no ocurrió. Art. 261
Los 3 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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