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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 24 de julio de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1810017M

Presentar una declaración modificatoria para corregir un error y pagar más impuesto después de que la Administración Tributaria ha iniciado una fiscalización no exime de la multa por la presentación incorrecta de la declaración original. Dicha corrección solo permite aplicar una atenuante a la sanción, pero no elimina la infracción cometida.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente fue multado por presentar una declaración de Renta incorrecta para el ejercicio 2014, hecho que quedó en evidencia al presentar una declaración modificatoria con impuesto adicional después de iniciada una auditoría. El contribuyente apeló alegando caducidad, incompetencia de la DGII y otros vicios procesales. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, desestimando todos los argumentos del contribuyente y validando la actuación de la Administración Tributaria.

Qué deja este caso

Presentar una declaración modificatoria para corregir un error y pagar más impuesto después de que la Administración Tributaria ha iniciado una fiscalización no exime de la multa por la presentación incorrecta de la declaración original. Dicha corrección solo permite aplicar una atenuante a la sanción, pero no elimina la infracción cometida.

Montos en disputa

$176.19

multa

$176.19

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) defendió la legalidad de sus actuaciones, argumentando que el Director y Subdirector General tienen la facultad de delegar funciones, como la emisión de autos de audiencia, a otros funcionarios. Sostuvo que la delegación al Subdirector de Medianos Contribuyentes se basó en un acuerdo interno válido (Acuerdo No. DOS/DOS MIL CATORCE) y en la Ley Orgánica de la DGII, por lo que no hubo vicio de competencia ni se actuó como juez y parte.
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que sus facultades no habían caducado. Argumentó que aunque la Sentencia de Inconstitucionalidad 96-2014 anuló la interrupción de la caducidad, sus efectos fueron diferidos hasta el 31 de diciembre de 2018. Por lo tanto, la interrupción del plazo por la notificación del auto de designación en octubre de 2015 fue legal, extendiendo el plazo para liquidar hasta octubre de 2018, fecha anterior a la emisión de la resolución.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa al contribuyente por presentar una declaración de Renta incorrecta para el ejercicio 2014. El fundamento fue que el contribuyente presentó una declaración modificatoria posterior al inicio de la fiscalización, en la cual liquidó un impuesto complementario, lo que, según el artículo 103 del Código Tributario, convierte a la declaración original en incorrecta y sujeta a la sanción del artículo 238 literal c) del mismo código.
  4. Confirmado 4 · La DGII justificó sus actuaciones indicando que se enmarcan en sus facultades legales de fiscalización del artículo 173 del Código Tributario. Aclaró que los dos procedimientos sancionatorios surgieron de la misma fiscalización pero por incumplimientos diferentes, lo cual está permitido por el inciso final del artículo 174 del Código Tributario, que faculta a los auditores a informar infracciones formales sin necesidad de concluir la auditoría principal.
  5. Confirmado 5 · La DGII argumentó que el Decreto Legislativo 127 no era aplicable al caso. Señaló que, aunque el decreto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 1 de octubre de 2018, su puesta en circulación real, y por tanto su entrada en vigencia, fue el 18 de octubre de 2018. Como la resolución sancionatoria fue notificada el 11 de octubre de 2018, se emitió antes de que el decreto entrara en vigor.
  6. Confirmado 6 · La DGII reconoció que existían errores de redacción o 'lapsus' en la resolución, pero argumentó que eran intrascendentes. Sostuvo que estos errores no generaron confusión ni indefensión, ya que el contribuyente pudo identificarse plenamente como sujeto pasivo y ejercer su derecho a la defensa, como lo demostraba su detallado recurso de apelación.