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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 18 de abril de 2018 · Tasación/Multa

Sentencia R1703002TM

Toda adquisición de bienes o servicios cuyo valor sea igual o superior a veinticinco salarios mínimos mensuales debe ser pagada obligatoriamente a través de medios bancarizados (cheque, transferencia, tarjeta de crédito/débito) para que el costo o gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta. El pago en efectivo de dichas operaciones, aunque sean a crédito o en cuotas, provocará el rechazo de la deducción.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de costos de venta por $84,100.65, debido a que el contribuyente pagó en efectivo compras cuyos montos superaban los 25 salarios mínimos, incumpliendo el Art. 29-A de la Ley de Impuesto sobre la Renta. En consecuencia, se ratifica la determinación del impuesto sobre la renta y la multa por evasión no intencional.

Qué deja este caso

Toda adquisición de bienes o servicios cuyo valor sea igual o superior a veinticinco salarios mínimos mensuales debe ser pagada obligatoriamente a través de medios bancarizados (cheque, transferencia, tarjeta de crédito/débito) para que el costo o gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta. El pago en efectivo de dichas operaciones, aunque sean a crédito o en cuotas, provocará el rechazo de la deducción.

Montos en disputa

$18,989.57

impuesto determinado

$4,747.39

multa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de un costo de venta de $84,100.65 por compras de mercadería. Sostuvo que, aunque las operaciones eran reales, los pagos se realizaron en efectivo. Dado que cada operación superaba el umbral de veinticinco salarios mínimos mensuales, la ley exigía que los pagos se realizaran por medios bancarizados (cheque, transferencia, tarjeta) para ser deducibles.
  2. Confirmado 2 · La DGII defendió su actuación indicando que no violó ningún principio. Argumentó que la libertad de contratación del contribuyente no es oponible al fisco, que el principio de igualdad se respetó al aplicar la ley de forma general a todos los que se encuentran en la misma situación, y que el derecho de propiedad no fue vulnerado ya que la determinación de impuestos se basó en la ley y no fue arbitraria.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa del 25% del impuesto omitido por evasión no intencional, según el artículo 253 del Código Tributario. Justificó la sanción en que el contribuyente presentó una declaración incorrecta al deducir costos improcedentes, lo que no podía atribuirse a un simple error excusable.