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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 22 de junio de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia R1504015TM

Para asegurar la deducibilidad de costos por compras a 'sujetos excluidos' (no contribuyentes de IVA), es indispensable que el comprador exija al vendedor la emisión de un documento que cumpla estrictamente con todos los requisitos del artículo 119 del Código Tributario, prestando especial atención a que sea emitido y firmado por el vendedor. La responsabilidad de verificar la idoneidad del documento recae en quien pretende utilizarlo para una deducción fiscal.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución de la DGII que objetó más de $29 millones en costos de venta a una empresa de reciclaje, debido a que los 'Documentos de Compra a Sujetos Excluidos' que los respaldaban no cumplían con los requisitos formales del artículo 119 del Código Tributario. La empresa emitía los documentos ella misma y no obtenía la firma de los vendedores, lo que invalidó las deducciones. Como resultado, se confirmó el impuesto sobre la renta determinado por más de $7.1 millones y una multa por evasión no intencional de $1.7 millones.

Qué deja este caso

Para asegurar la deducibilidad de costos por compras a 'sujetos excluidos' (no contribuyentes de IVA), es indispensable que el comprador exija al vendedor la emisión de un documento que cumpla estrictamente con todos los requisitos del artículo 119 del Código Tributario, prestando especial atención a que sea emitido y firmado por el vendedor. La responsabilidad de verificar la idoneidad del documento recae en quien pretende utilizarlo para una deducción fiscal.

Montos en disputa

$7,110,415.31

impuesto determinado

$1,777,603.83

multa

$9,108,919.86

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la deducción de costos de venta por $29,325,264.11, argumentando que los "Documentos de Compra a Sujetos Excluidos" que los respaldaban no eran idóneos. Las principales fallas fueron que los documentos eran elaborados por el propio contribuyente y no por los vendedores, carecían de la firma del proveedor, se usaban para documentar compras a empleados o comisionistas en lugar de los verdaderos vendedores, e incluso se utilizaron para transacciones con contribuyentes de IVA que debían emitir Créditos Fiscales.
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que el impuesto y la multa no eran confiscatorios, ya que no se basaban en el patrimonio del contribuyente, sino en la renta imponible calculada conforme a la ley. La elevada cuantía fue una consecuencia directa del incumplimiento del propio contribuyente al no documentar adecuadamente sus costos, y la tasa del 25% se aplicó correctamente a la base imponible ajustada.
  3. Confirmado 3 · La DGII defendió su procedimiento, aclarando que el informe de auditoría fue claro al señalar los incumplimientos sistémicos y que el informe adicional fue una verificación interna cuyas conclusiones fueron íntegramente transcritas en la resolución final notificada. Por lo tanto, el contribuyente tuvo pleno conocimiento de los fundamentos de la decisión y no se vulneró su derecho de defensa.