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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 29 de agosto de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia R1012002TM

Es fundamental que los contribuyentes verifiquen rigurosamente que todos los documentos que respaldan sus costos y gastos, especialmente los Comprobantes de Crédito Fiscal, cumplan con la…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la determinación de impuesto sobre la renta complementario a un contribuyente por la objeción de costos de venta respaldados en Comprobantes de Crédito Fiscal con numeración no autorizada. También confirma las multas por evasión no intencional y por no llevar registros de inventario, pero revoca la multa por retenciones enteradas de menos, ya que el contribuyente se acogió a una ley transitoria de amnistía fiscal.

Qué deja este caso

Es fundamental que los contribuyentes verifiquen rigurosamente que todos los documentos que respaldan sus costos y gastos, especialmente los Comprobantes de Crédito Fiscal, cumplan con la totalidad de los requisitos legales, incluyendo que la numeración correlativa esté debidamente autorizada por la Administración Tributaria. La falta de este requisito invalida la deducción y puede acarrear la determinación de impuestos y la imposición de sanciones.

Montos en disputa

$8,587.49

impuesto determinado

$3,793.87

multa

$34,350.00

crédito fiscal objetado

$12,381.36

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó costos de venta por $34,350.00, argumentando que los Comprobantes de Crédito Fiscal que los respaldaban no eran válidos.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto complementario determinado, de acuerdo con el artículo 253 del Código Tributario.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa de $1,647.00 por no llevar registros de control de inventarios, a pesar de estar obligado por realizar transferencias de…
  4. Revocado 4 · La DGII impuso una multa de $255.39 por retener y enterar una suma inferior a la correspondiente en los períodos de enero a junio de 2008.