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HazConta Leyes
Modificatorio Aduana Notificada el 30 de agosto de 2011 · Tasación

Sentencia A1101006TM

El importador es responsable del pago de los impuestos si una mercancía no cumple con las reglas de origen, incluso si posee un certificado de origen.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un importador de arroz se benefició de un arancel del 0% basado en un certificado de origen guatemalteco. La Aduana, tras una verificación posterior, determinó que el arroz no era originario de Guatemala, por lo que liquidó los impuestos adeudados (DAI e IVA) e impuso una multa del 300%. El Tribunal confirmó el pago de los impuestos pero revocó la multa, al considerar que el importador actuó de buena fe y sin culpabilidad, ya que confió en el documento emitido por su proveedor.

Qué deja este caso

El importador es responsable del pago de los impuestos si una mercancía no cumple con las reglas de origen, incluso si posee un certificado de origen. Sin embargo, actuar de buena fe y con base en la documentación proporcionada por el exportador puede ser un eximente de responsabilidad por infracción, eliminando las multas asociadas a la culpabilidad.

Montos en disputa

$3,525.60

impuesto determinado

$10,576.80

multa

$14,102.40

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que el 'arroz partido' importado por el contribuyente no era originario de Guatemala, basándose en…
  2. Revocado 2 · La DGA impuso una multa del 300% sobre los impuestos omitidos, de acuerdo con el artículo 8 letra b) de la LEPSIA.