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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 29 de noviembre de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia I1306013M

La obligación de emitir y entregar la factura o documento equivalente es inmediata y debe cumplirse en el mismo instante en que el cliente realiza el pago.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir ni entregar una factura al momento de una venta verificada por un fedatario. El Tribunal desestimó los argumentos de la contribuyente sobre dificultades operativas, reiterando que la obligación es inmediata al pago, y le negó la atenuante de la multa porque, aunque emitió la factura después, no la entregó, incumpliendo así con la subsanación completa de la infracción.

Qué deja este caso

La obligación de emitir y entregar la factura o documento equivalente es inmediata y debe cumplirse en el mismo instante en que el cliente realiza el pago. Las dificultades operativas del negocio no son una excusa legal, y para obtener beneficios como la atenuación de multas, la infracción debe ser subsanada en su totalidad, lo que incluye tanto la emisión como la entrega del documento.

Montos en disputa

$448.20

multa

$448.20

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente por no emitir ni entregar una factura a un agente fedatario al momento de realizarse y pagarse una compra en su…
  2. Confirmado 2 · La DGII negó haber violado los principios alegados.
  3. Confirmado 3 · La DGII no aplicó la atenuante del 30% de la multa porque la contribuyente no subsanó completamente la infracción.