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HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 30 de septiembre de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia I1305039M

Al vender un negocio o cesar actividades comerciales, es fundamental informar por escrito a la Administración Tributaria dentro del plazo de 15 días, como lo exige el artículo 144 del…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) impuso una multa de $448.20 a un contribuyente por no emitir una factura durante una visita de un agente fedatario. El contribuyente apeló, demostrando que había vendido el negocio casi dos años antes. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, determinando que la obligación de emitir la factura correspondía al nuevo propietario, a pesar de que el contribuyente original no había notificado a la DGII sobre la venta.

Qué deja este caso

Al vender un negocio o cesar actividades comerciales, es fundamental informar por escrito a la Administración Tributaria dentro del plazo de 15 días, como lo exige el artículo 144 del Código Tributario. Omitir esta notificación puede resultar en ser incorrectamente fiscalizado y sancionado por las obligaciones del nuevo propietario.

Montos en disputa

$448.20

multa

$448.20

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente con una multa por omitir la emisión y entrega de un documento legal, detectada durante una visita de un agente…