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HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 31 de enero de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia I1205029M

La obligación de llevar un registro de control de inventarios es de carácter anual.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a un contribuyente con una multa de $2,016.90 por omitir llevar registros de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción, no por los argumentos del contribuyente sobre falta de orientación, sino porque determinó que la DGII cometió un error al calcular la multa usando el balance general de un año incorrecto, estableciendo que la obligación de inventarios es anual y no mensual.

Qué deja este caso

La obligación de llevar un registro de control de inventarios es de carácter anual. Al calcular la multa por su omisión, la base correcta es el patrimonio del ejercicio fiscalizado, no el del año anterior. Un error de la administración en la base de cálculo puede invalidar la sanción.

Montos en disputa

$2,016.90

multa

$2,016.90

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por omitir llevar registros de control de inventarios durante el período de junio de 2011.