Sentencia I1202028M
Es obligatorio emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada operación de venta a consumidores finales, independientemente de su monto. Prácticas como consolidar ventas pequeñas en una 'factura abierta' no son legalmente válidas y conllevan sanciones, aun cuando la venta se declare posteriormente.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El contribuyente fue sancionado con una multa por no emitir y entregar una factura por una venta de $4.54 a un agente fedatario. El contribuyente apeló, argumentando que registró la venta en una 'factura abierta' para consolidar ventas pequeñas y que la multa era excesiva. El Tribunal confirmó la sanción, estableciendo que la ley exige emitir una factura individual por cada operación, sin importar el monto, y que las prácticas internas no eximen de esta obligación formal.
Qué deja este caso
Es obligatorio emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada operación de venta a consumidores finales, independientemente de su monto. Prácticas como consolidar ventas pequeñas en una 'factura abierta' no son legalmente válidas y conllevan sanciones, aun cuando la venta se declare posteriormente.
Montos en disputa
$448.20
multa
$448.20
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII argumenta que el contribuyente violó el artículo 107 del Código Tributario al no emitir y entregar una factura individual por una venta a un consumidor final. La ley exige que se emita un documento por cada operación al momento en que se causa el impuesto, y la práctica de anotar ventas en una 'factura abierta' para consolidarlas no cumple con esta obligación formal. Art. 107
- Confirmado 2 · La DGII sostiene que las multas no tienen fines recaudatorios, sino educativos y correctivos. La sanción se impone con base en una conducta claramente tipificada en la ley, respetando el principio de legalidad, y su monto está preestablecido por el legislador.
- Confirmado 3 · La DGII sanciona el incumplimiento de una obligación formal específica: la emisión y entrega de documentos. Este deber es independiente de la obligación sustantiva de declarar los ingresos y pagar el impuesto correspondiente. La infracción se comete por el simple hecho de no entregar el documento legal. Art. 107
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