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HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 29 de septiembre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1104008M

Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT), el cómputo de los ingresos que superan el umbral legal debe realizarse…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones revoca una multa impuesta por la DGII por la no presentación del informe de proveedores y clientes (F-987). La DGII basó la obligación en los ingresos del contribuyente del año 2009, pero el Tribunal estableció que el parámetro correcto para determinar la obligación son los ingresos obtenidos durante el mismo semestre a informar (enero-junio 2010), lo cual no fue demostrado por la administración.

Qué deja este caso

Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT), el cómputo de los ingresos que superan el umbral legal debe realizarse sobre el mismo semestre que se informa. No es válido utilizar los ingresos del ejercicio fiscal anterior como base para esta obligación formal, especialmente si la norma era nueva.

Montos en disputa

$1,951.22

multa

$1,951.22

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no presentar el informe F-987 para el primer semestre de 2010.